Las mascarillas nos acompañarán durante el verano

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Por si aún quedaba alguna duda, la estampa del verano 2020 va a ser la del bañador y la mascarilla. El BOE de este miércoles recoge un Decreto Ley con las medidas que regularán la Nueva Normalidad, entre ellas, la obligatoriedad de llevar mascarilla. ¿Cuándo y cómo? Te lo contamos aquí.

«Traje de baño, crema para el sol, chancletas y… mascarilla. 

Ya lo tengo todo. A la piscina». 

Por si aún quedaba alguna duda, ya podemos confirmar que la estampa del verano 2020 va a ser (o debería) la del bañador y la mascarilla.

El BOE de este miércoles recoge un Decreto Ley con las medidas que se aplicarán en la Nueva Normalidad en todo el territorio nacional «para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como prevenir posibles rebrotes». Medidas que entrarán en vigor el 21 de junio, cuando finalice el estado de Alarma o, como en el caso de La Rioja, cuando se supere la Fase 3 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad.

 

Entre ellas y como hasta ahora, la obligatoriedad de que las personas de 6 años en adelante usen mascarillas en espacios al aire libre (esto incluye también piscinas, playas…) y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público cuando no se pueda mantener distancia interpersonal de 1,5 metros (no de 2 metros como en la actualidad).

Siempre habrá que llevarla puesta en medios de transporte públicos: aviones, barcos, autobuses, trenes… Y en nuestro coche si los ocupantes no conviven en el mismo domicilio.

Al igual que ahora, no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

No será exigible, y esto es novedad, en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre. Ni tampoco en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

¿Qué pasa si no la llevo aunque sea obligatorio?

Además de mostrar una conducta poco cívica y responsable, te puedes enfrentar a multas de hasta 100 euros. Ya que el incumplimiento de esta obligación será considerado infracción leve a efectos de lo previsto en el artículo 57 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre

¿Hasta cuándo vamos a tener que llevar la mascarilla?

Hasta que el Gobierno declare de manera motivada y de acuerdo con la evidencia científica disponible, previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En otras palabras, por tiempo indefinido.

Las bicicletas (y las mascarillas) son para el verano.

 

 

 

 

 

 

 

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